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MTPE. MÁS DE 9,000
EMPRESAS SON REPORTADAS ANTE CENTRALES DE RIESGOS POR INCUMPLIMIENTO
CON TRABAJADORES
DEUDAS LABORALES EN SBS SUPERAN LOS
S/.51 MILLONES
Empleadores no pagan
multas pese a facilidades, afirma viceministra
Infractores pueden ser pasibles de
embargos y la restricción de créditos
Hasta el momento, más de nueve mil
empresas infractoras de la legislación laboral que no han cumplido
con pagar sus multas, a pesar de las facilidades otorgadas por la
autoridad laboral, han ingresado a la Central de Riesgo de la
Superintendencia de Banca y Seguros (SBS), reveló la viceministra de
Trabajo, Elisabed Zevallos.
Así, el importe acumulado de las
sanciones económicas superan los S/. 51 millones, teniéndose
registradas multas que datan desde el año 2,000, detalló la
autoridad. Después explicó que desde hace tres años, el sector
Trabajo publica la razón social, el motivo de la infracción laboral
y el monto de la multa de las empresas morosas en su portal
institucional (www.mintra.gob.pe).
La publicación de esta lista se realiza
tras agotar una serie de medidas y facilidades que se les otorga
para que regularicen su situación y la de los trabajadores, señaló.
Al respecto, se puede anotar que la
estrategia del sector Trabajo para el cumplimiento de estas deudas
no solo es represiva, sino que cuando encuentra a una empresa en
falta, en principio, le brinda asesoría para que pueda regularizar
la situación de los trabajadores y le otorga un plazo razonable para
levantar las observaciones.
“En caso de que la empresa se niegue a
acatar el requerimiento de la autoridad laboral en el plazo previsto,
entonces, se expide una propuesta de multa e ingresan a un proceso
sancionador en que se respeta el derecho de defensa de la empresa”,
precisó la viceministra.
Añadió que cuando las empresas son
multadas por infracciones laborales y cuentan con una resolución
administrativa firme o consentida, se les concede un plazo prudente
para que cancelen su deuda, así como facilidades de pago. Dichos
instrumentos pueden ser de aplazamiento de pago, fraccionamiento o
aplazamiento con fraccionamiento.
Si no optan por ninguno de estos
beneficios ni muestran voluntad de pago, entonces su razón social
pasa a la Central de Riesgo de la SBS y podrían tener dificultades
para ser sujetas de crédito. Además, serán pasibles de un proceso de
cobranza coactiva que podría terminar en un embargo.
Medida con mayor fuerza legal
Para otorgar una mayor eficacia en el
cumplimiento laboral, recientemente, la Comisión de Trabajo del
Congreso aprobó por unanimidad el proyecto de ley que crea el
registro de empleadores morosos, en el cual quedarán inscritas las
empresas y accionistas que tengan créditos laborales impagos como
consecuencia de una sentencia consentida o ejecutoriada del Poder
Judicial.
Dicha nómina deberá contener nombres del
empleador moroso y, cuando corresponda, denominación de la entidad o
empresa morosa; domicilio y DNI del empleador moroso. Además, el
monto de intereses y la obligación pendiente de pago.
Datos
¿Cómo salir de la central de riesgo?
Para ser retirados de este listado, que
se actualiza al mes, las empresas tienen dos opciones: acogerse al
beneficio de fraccionamiento demostrando su voluntad de pago; o
cancelando el total de la deuda.
La razón social de la empresa morosa y
el monto pendiente de pago son retirados de la Central de Riesgo de
la SBS, así como del portal institucional: www.mintra.gob.pe a más
tardar el quinto día útil del siguiente mes en curso si adoptan
alguna de estas acciones.
Aquellas empresas morosas que deseen
regularizar su situación, deben comunicarse con la Unidad de Control
de Multas al teléfono 630-6000, anexos 8060, 8061 y 8062. También
pueden solicitar información en los e-mail: maguilar@mintra.gob.pe,
cdiazvargas@mintra.gob.pe, kmalca@mintra.gob.pe y kdelgado@mintra.gob.pe.
(Fuente: Diario El Peruano 09-11-2009)
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